Se cumplen 110 años de la aprobación del Prodigio de Ocotlán

Era la fiesta de los arcángeles, 29 de septiembre de 1911, y don José de Jesús Ortiz y Rodríguez, arzobispo de Guadalajara mediante un edicto hacía constar que la milagrosa aparición del Señor de la Misericordia el 3 de octubre de 1847 fue un verdadero milagro y no fue alucinación, esto en base a un proceso jurídico de testigos que presenciaron el Prodigio y que abarcó de 1847 a 1897.

 

Con este acto oficial se autentificaba el milagro y se autorizaba la veneración publica al Señor de la Misericordia de Ocotlán, ordenando que cada año se realizará un juramento como muestra de gratitud y fidelidad para que nunca se olvidara tan importante regalo divino.

 

Cabe resaltar que el edicto fue firmado por el arzobispo de Guadalajara y su secretario canciller, el sacerdote y hoy santo mártir Justino Orona Madrigal.

 

 

 

 

Edicto por el que se autentifica la aparición y se autoriza la veneración del Señor de la Misericordia:

 

“Al Señor Cura, Clero, y fieles de la parroquia de Ocotlán, salud y paz en Ntro. Señor J. C. Muy amados hijos:

 

Obsequiando las piadosas instancias de algunos vecinos prominentes de esta Parroquia, quienes se acercaron a mí durante la última Visita Pastoral, para pedirme en su propio nombre y en el de todos los fieles de la misma, que confirmara la información testimonial iniciada en el año de 1847 y proseguida en el de 1848 sobre la verdad de los hechos extraordinarios acaecidos en esa villa de Ocotlán, en la mañana del 3 de octubre de 1847, es decir, el día siguiente del terrible temblor que redujo a escombros la antigua Iglesia Parroquial de la misma: Nos es altamente satisfactorio comunicarnos que, después de un estudio atento del expediente respectivo y previo el dictamen de Sr. Promotor Fiscal Dr. D. José María Cornejo, hemos juzgado que dicha información está terminada y es bastante para probar plenamente los hechos a que se refiere, sin necesidad de ampliación alguna. Consta en efecto, que, el día 14 de octubre de 1847 el Alcalde Constitucional y Juez de 1ª instancia del Pueblo de Ocotlán, D. Antonio Jiménez, actuando con testigos de asistencia y petición del Lic. D. Miguel Y. Castellanos, mandó que se abriera información testimonial sobre el hecho siguiente consignado en punto segundo del interrogatorio adjunto a la petición que dice así: Digan los testigos en qué punto se encontraban la mañana del ultimo 3 de octubre: (que numero de) ¿qué número de personas estaban reunidas y que fue lo que observaron en la atmósfera al rumbo del Noroeste de este lugar? haciendo explicaciones exactas y minuciosas de lo que hubieran presenciado, etc.

 

En contestación a esta pregunta, veinticinco testigos oculares, mayores de edad, y de reconocida probidad, declararon contestes en lo substancial y bajo juramento: que el día 3 de octubre del año 1847 entre nueve y diez de la mañana, cuando multitud de fieles oían la S. Misa en la plaza principal del pueblo, se vio en lo alto, hacia el Noroeste una nube luminosa en forma de cruz; en cuyo fondo se dibujaba con más o menos perfección, la imagen de Jesucristo Crucificado, inclinada su cabeza al costado derecho y en ademán de descender hacia el pueblo, que la visión se prolongó por cerca de media hora, causando intensa consternación los fieles que las contemplaban y movían a contrición pidiendo misericordia.

 

Tal hecho, con sus más notables circunstancias fue comunicado oficialmente al gobierno del Estado, por el Juez Constitucional del Gobierno del lugar, y lo mismo hizo de su parte el Sr. Cura respecto del Gobierno Ecco... En tales antecedentes, no es posible la duda, y debemos reconocer como hecho histórico, perfectamente comprobado, la aparición de la bendita imagen de Jesucristo Crucificado, acaecida la mañana del 3 de octubre de 1847, en la villa de Ocotlán, sobre el fondo luminoso de una nube, situada al Noroeste de la Población.

 

Si tal hecho reviste o no los caracteres de un verdadero milagro, es cuestión que incumbe exclusivamente a la Santa Sede, y sea cual fuera nuestro juicio particular, debemos estar siempre dispuestos a someterlo sin vacilación al más alto e infalible de aquel Supremo Tribunal.

 

Bastemos saber que el extraordinario suceso, es históricamente cierto, y que no pudo ser obra de alucinación o de fraude, puesto que se verifico en plena luz del día, a la vista de más de dos mil personas y sin acuerdo alguno, que hubiera sido materialmente imposible.

 

Haciendo un esfuerzo de incredulidad, dice el Promotor Fiscal, en su dictamen, se podría decir que la cruz y hasta la Imagen de Nuestro Señor Jesucristo que se vieron en el cielo, fueron una de tantas formas caprichosas, que producen en las nubes, la diversidad de las capas atmosféricas, las corrientes de aire, la desigual condensación... etc. Concediendo que así hubiera sido, es decir, calificando el hecho, de puramente natural, nadie negará que, en aquellas circunstancias, fue un medio de que Dios Nuestro Señor se valió para significar su misericordia, a un pueblo que, cual otro Israel, vagaba llorando sobre las ruinas de su templo y de su hogar; para quien conoce algo de los secretos de la gracia, no será extraño que Dios Ntro. Señor para significar su alianza y su misericordia al afligido Padre Noé.

  

La tradición popular asegura que la Imagen de Jesucristo Crucificado que se venera en la Iglesia Parroquial de Ocotlán, es copia fiel de la que se apareció en el cielo. Nadie podrá asegurarlo con plena certeza. Lo que consta ciertamente es, que el artista puso el mayor empeño en acercarse, en cuanto fuera posible a la belleza original, según las instrucciones que recibiera de los testigos presenciales. 

  

Pero sea de esto lo que fuere, nunca será obstáculo para que Nos, en atención a todo lo expuesto en esta carta, y después de meditar atentamente el caso en la presencia de Dios, aprobamos, como aprobamos con íntima satisfacción, el culto y la veneración que los fieles de Ocotlán tributan, desde hace más de sesenta años a la Sagrada Imagen  en memoria de la Aparición del 3 de octubre de 1847, y los exhortamos para que perseveren en su piadosa devoción y se muestren dignos y agradecidos del singular favor que recibieron en aquella fecha.

 

Y para que nunca se olvide la misericordia del Señor con aquel pueblo, queremos y mandamos que todos los fieles se congreguen en la forma que fuere posible, después de purificadas sus conciencias con los Santos sacramentos de la Penitencia y Sagrada Comunión, juren solemnemente en la presencia de Dios, por sí y sus descendientes, que año por año celebraran el aniversario del 3 de octubre, con el esplendor posible, y sobre todo, con misiones, acciones de gracias y actos de fe, de esperanza y de caridad, que serán la expresión de su reconocimiento a la multitud y grandeza de los favores recibidos.

 

Mandamos al Sr. Cura del lugar, que copie esta Carta en el Libro de Gobierno que la lea a los fieles en el primer día festivo que ocurra y le dé la mayor publicidad por medio de la imprenta, para que llegue a conocimiento de todos, y, que, de acuerdo con sus feligreses proceda fijar el día del juramento que ordenamos, de todo lo cual nos dará cuenta con la debida oportunidad.

 

 

Dado en Guadalajara, el 29 de septiembre de 1911, en la fiesta de San Miguel Arcángel. + José de Jesús, Arzobispo de Guadalajara, Rúbrica. - Por mandato de S.S. Ilma. y Rvma. - Pbro. Justino Orona, oficial mayor, Rúbrica, - Al margen un sello que dice: Gobierno Eclesiástico del Arzobispado de Guadalajara.”

Domicilio Calle Coronel Guerrero 52, Ocotlán, Jalisco, 47800

 Tels. (392) 922 00 03 y (392) 925 62 09